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Siguiendo las instrucciones establecidas en el punto
67 de la Orden de 29 de junio de 1994 (B.O.E. del 5 de julio de 1994),
el horario de actividades lectivas informado por el Claustro de Profesores
en sesión celebrada el 29 de junio de 2001 y aprobado por el Consejo
Escolar en sesión celebrada el mismo día, es el siguiente:
Las actividades lectivas se desarrollarán durante siete periodos diarios, con dos periodos de descanso de treinta y quince minutos de duración tras el tercer y sexto periodos lectivos respectivamente.
Cada periodo lectivo tendrá una duración real de cincuenta minutos, estableciéndose un intervalo de cinco minutos entre el final de un periodo y el comienzo del siguiente para permitir el desplazamiento de profesores y alumnos entre diferentes aulas, y garantizar en todo momento los cincuenta minutos efectivos de actividad lectiva.
Las actividades lectivas comenzarán a las 8,15 horas y terminarán a las 15,10 horas.
El Centro permanecerá abierto desde las 8,00 horas hasta las 15,20 horas
El horario lectivo del centro queda establecido de la
siguiente manera:
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